

GOLF LA MORALEJA, S.A.
Pº. de la Marquesa Viuda de Aldama, núm. 50.
28109- La Moraleja (ALCOBENDAS)
MADRID.
A/A.: CONSEJO DE ADMINISTRACION DE
LA SOCIEDAD GOLF LA MORALEJA, S.A.
Madrid, 28 de noviembre de 2005.
Muy Sres. míos,
De conformidad con lo establecido en el articulo 36. 2 de los Estatutos, me dirijo a ustedes en relación al reciente AVISO publicado en el Tablón de Anuncios de la sociedad, con fecha 23 de noviembre de 2005, en virtud del cual la Junta Directiva de nuestro Club ha acordado unilateralmente y. obviando los mecanismos establecidos al efecto en los ESTATUTOS SOCIALES, la modificación de nuestro Reglamento en materia de régimen disciplinario y sancionador, mediante la inclusión de una nueva falta que originariamente no se encontraba tipificada en el mismo.
Los Estatutos Sociales son claros al respecto, y su articulo 24 apartado 6) establece de manera clara y taxativa que: “Son facultades privativas de Ia Junta General: Redactar el Reglamento, mediante la adopción de los acuerdos pertinentes, e incluso modificarlo para el ordenado cumplimiento del objeto social.”
Como socio de esta mercantil, me consta sobradamente que en ningún momento se ha convocado una Junta General de la sociedad Golf la Moraleja, S.A. en cuyo orden del día figure algún punto relativo a la modificación de nuestro Reglamento de Régimen Interior, aprobado este Si, en Junta General de 17-VT-1997.
Desconozco cuales son los motivos que han llevado a la JUNTA DIRECTIVA de esta sociedad (no más de VEINTE SENORES, según nuestro Reglamento) a apropiarse y atribuirse las FACULTADES PRIVATIVAS (según nuestros Estatutos) de Ia JUNTA GENERAL (TODOS Y CADA UNO DE LOS SETS MIL SOCTOS de esta sociedad, según Ia Ley), del mismo modo que desconozco cuales son los motivos que llevan a nuestra JUNTA DIRECTIVA a obrar de manera contraria a los Estatutos por los que se rige y se regula Ia SOCTEDAD para Ia cual trabajan, máxime en un ámbito tan delicado como 10 es la modificación del régimen disciplinario y sancionador que por su propia naturaleza, privativa de derechos, exige una total transparencia en su adopción (en este caso concreto la aprobación por la Junta General debidamente convocada) en aras a evitar cualquier tipo de arbitrariedad.
Ante el desconocimiento de tales motivos por ml parte, y supongo que por Ia del resto de los socios de esta sociedad, no dudo que en plazo de CINCO DIAS a contar desde el recibo de Ia presente NUESTRO CONSEJO DE ADMINISTRACION me ilustrará debidamente, exponiéndome, POR ESCRITO, además, si ratifican el acuerdo adoptado por la Junta Directiva (10 que nos llevaría a Ia paradójica situación en Ia que el referido Organo puede actuar contrariamente a los estatutos sin que le sea impuesta sanción de ninguna clase, mientras que un socio puede ser sancionado sin actuar contrariamente al Reglamento de Régimen Interior aprobado por la Junta General de 17-VI- 1997, único válido en este momento en tanto en cuanto no sea modificado de Ia manera prevista estatutariamente) o si optan por dejar sin efecto semejante acuerdo. Huelga poner de manifiesto que en el caso de que el presente asunto no se solucione de un modo satisfactorio dentro del plazo indicado, me reservo las acciones judiciales oportunas tendentes a Ia impugnación del mencionado acuerdo.
Por otro lado y al margen de las irregularidades anteriormente evidenciadas y en 10 que respecta al fondo del asunto en cuestión, me permito recordarles que además de los derechos de información de los accionistas regulados en Ia Ley de Sociedades Anónimas cuya existencia me apunta el Sr. Bermúdez de la Puente, existen otros derechos superiores consagrados en nuestra Constitución, como es de libertad de expresión (o derecho legitimo a discrepar del modo en que se esta gestionando nuestra sociedad) y que parece pretende ser fiscalizado y, en su caso censurado, en virtud de este acuerdo adoptado por nuestra Junta Directiva, lo que entiendo atenta contra las más elementales normas garantizan una convivencia democrática dentro de las instalaciones de nuestro Club.
A Ia espera de sus noticias, atentamente,
Fdo.: .: Simón Alonso Corral.
7 comentarios:
Un pareo: Simón vende la acción
Eso. Ya has hecho un buen negocio y vete a otro club. Tienes muy pocos seguidores.
¿De quien hablas? ¿De Enrique Quintanar? Si es asi estoy de acuerdo contigo. VAYASE SEÑOR QUINTANAR!
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